HARTFORD.- Los jóvenes que se encuentran bajo la
Acción de Diferida y que desean renovar su estatus por dos años más deberán
llenar el Formulario I-821D, anunció el Servicio de Inmigración y Ciudadanía
(USCIS), de los Estados Unidos.
“Si el joven desea renovar su Acción Diferida para
otro período de dos años, debe presentar el Formulario I- 821D (Consideration of Deferred Action for
Childhood Arrival) al USCIS”, manifestó la agencia.
Se conoció que este formulario debe ser completado,
debidamente firmado y acompañado de un Formulario I- 765 (Application for Employment Authorization), junto con una tasa de 465
dólares, y el Formulario I- 765WS.
El USCIS advirtió que si su anterior período de Acción
Diferida expira antes de recibir la renovación, el joven acumulará presencia
ilegal y no será autorizado para trabajar en cualquier tiempo entre los
períodos de Acción Diferida.
Por esta razón, el USCIS anima a presentar la solicitud
de renovación desde ahora, cuando restan 120 días antes el período actual de la
Acción Diferida expire.
Una persona, cuyo caso fue aplazado inicialmente bajo
la Acción Diferida por el Immigration and
Customs Enforcement (ICE), puede ser considerado para la renovación de la iniciativa
del USCIS si él o ella nació después del 15 de Junio de 1981, vivió
continuamente en los Estados Unidos a partir del 15 de Junio del 2007, si llegó
al país antes de cumplir 16 años, si se graduó de High School, estar en la escuela, si obtuvo un GED o sirvió en las
fuerzas armadas de los Estados Unidos.
Además, si estuvo en los Estados Unidos el 15 de
Junio del 2012 y no salió por deportación o salida voluntaria después del 15 de
Junio del 2007. También es necesario no tener antecedentes penales por delitos
mayores o múltiples delitos menores y tener más de 15 años el día en que se
solicita la Acción Diferida, detalló el informe.
Se conoció que el USCIS revisará la solicitud para
determinar si el ejercicio de la discreción fiscal es apropiado en su caso.
Cada caso se considerará de forma individual. Incluso si el joven cumple con
los criterios mínimos para la consideración de Acción Diferida, la agencia
puede determinar, según su criterio inapelable, que Acción Diferida no se
justifica en su caso.
La agencia advirtió que al joven se le notificará de
la decisión por escrito y no existe una moción para reabrir o reconsiderar la
decisión y no hay derecho de apelación, sin embargo, el USCIS puede emitir una
solicitud de pruebas para obtener más pruebas y demostrar que cumple con los
lineamientos.
Para información adicional sobre las pruebas y los
documentos necesarios o descargar los formularios requeridos, pueden visitar la
página web www.uscis.gov/childhoodarrivals.





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